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Ayudas Mejoras áreas Industriales 2024 IVACE

Información complementaria

viernes, 05 de enero de 2024

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REQUISITOS

Las ayudas podrán ser para proyectos y/o actuaciones de carácter anual.

•    Los proyectos podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de la ayuda y su finalización no podrá exceder del día 31 de diciembre de 2024, pero solo serán subvencionables los trabajos realizados desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

•    Los proyectos deberán ejecutarse en un polígono, área industrial o enclve incluido en el Mapa de Suelo Industrial de la Comunitat Valenciana desarrollado por IVACE. (ACCEDER AQUÍ)

•    Presupuesto subvencionable del proyecto deberá ser igual o superior a 25.000 €.

•    Cada ayuntamiento podrá presentar una única solicitud de mejora por polígono, área industrial o enclave tecnológico, sin perjuicio de que ésta contenga varias actuaciones de mejora de las previstas.

TIPO DE AYUDA

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables con las siguientes limitaciones:
- En los polígonos industriales con una superficie menor de 25.000 m2, la limitación se establece en 3 €/m2.
- En los polígonos industriales con una superficie mayor de 25.000 m2, la limitación se establece en 2 €/m2.

En todo caso, el límite máximo de ayuda será de 200.000 € por polígono, área industrial o enclave tecnológico; el límite máximo será de 1.000.000€ en aquellos Polígonos y Áreas industriales que hayan constituido, con anterioridad a 31 de diciembre del 2023, una Entidad de Gestión y Modernización mediante Acuerdo del Ayuntamiento de autorización de constitución de la entidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 14/2018, de 5 de junio, de la Generalitat, de gestión, modernización y promoción de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana.

El importe de la subvención no podrá exceder de la diferencia entre los costes subvencionables y el beneficio de explotación de la inversión, debiendo reembolsar el beneficiario la parte de la ayuda recibida que resulte de deducir el beneficio de la explotación de los costes subvencionables.

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