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Programa mixto de empleo y formación Talleres de Empleo 2024

Programa Mixto de empleo-formación. Talleres Empleo 2024

Hasta el martes, 22 de octubre de 2024 a las 23:59

OBJETIVO

El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, del programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2024.

El programa de Talleres de Empleo se configura como un programa experiencial de empleo y formación que tiene por objeto mejorar la cualificación de las personas participantes en los términos recogidos en el art. 29.2 del Real Decreto 818/2021 de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.

BENEFICIARIOS

  • Las entidades locales territoriales de la Comunitat Valenciana, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
  • Las mancomunidades y otras agrupaciones de entidades locales territoriales de la Comunidad Valenciana con personalidad jurídica propia que cuenten explícitamente entre sus principales fines constitutivos con el fomento del empleo
  • Órganos, organismos autónomos u otros entes públicos dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma. 
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas, todas ellas sin ánimo de lucro, con al menos una delegación en el territorio de la Comunitat Valenciana, legalmente constituidas.
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas, todas ellas sin ánimo de lucro, con al menos una delegación en el territorio de la Comunitat Valenciana, legalmente constituidas 

DESTINATARIOS

Las personas destinatarias de este programa deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos que se deberán reunir en la fecha de incorporación al proyecto: 

a) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia.

b) Ser personas desempleadas, según la definición contenida en el art. 4.1.a de la orden de bases. 

c) Cumplir los requisitos establecidos para el acceso a las acciones formativas establecidos en la normativa reguladora de los certificados profesionales o los requisitos establecidos en los programas formativos de las especialidades en caso de tratarse de especialidades no vinculadas a la obtención de certificados. 

AYUDA

Dado que se contempla en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024 que las ayudas reguladas en la presente resolución estén financiadas con fondos cuya distribución se realiza a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, la concesión de las mismas estará condicionada a que por el órgano competente de la Administración del Estado se hayan realizado las actuaciones o dictado los actos administrativos que permitan asegurar la efectividad de la transferencia de fondos afectados.

PLAZO

Plazo de presentación desde el 8 al 22 de octubre de 2024.

DESCARGA EL DOGV:

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