Preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema de cotización de autónomos
Con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de autónomos, tratamos de resolver algunas de las principales cuestiones que se plantean
Publicado por AdmonVlc
miércoles, 01 de marzo de 2023 a las 11:31
Desde la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización de autónomos, el 1 de Enero de 2023 y hasta 2025, se han diseñado unas tablas de cotización transitorias con 15 tramos de rendimientos, que determinan las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.
PREGUNTAS FRECUENTES:
¿Cuáles son los tramos y las nuevas cuotas que entran en vigor en enero?
Los PGE establecerán anualmente una tabla general y una tabla reducida de bases de cotización divididas en tramos consecutivos de importes de rendimientos netos mensuales. A cada tramo se le asignará una base de cotización mínima y una base de cotización máxima para cada mes.
¿Una vez que seleccione una base de cotización dentro de los tramos establecidos será aplicable durante todo 2023?
La cuota mensual podrá experimentar variaciones, puesto que los trabajadores autónomos podrán modificar (hasta 6 veces al año) su base de cotización, en función de la variación de su previsión anual de rendimientos netos.
¿Cómo puedo cambiar mis bases de cotización?
Los cambios de bases de cotización se podrán realizar también a través del servicio de cambio de base a través de Import@ss, teniendo en cuenta que los efectos se producen en las siguientes fechas:
- 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
- 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
- 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
- 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
Ya soy autónomo, ¿cuándo tengo que comunicar mis rendimientos?
Si a 1 de enero de 2023 ya estuvieras dado de alta como trabajador autónomo, podrás comunicar tus rendimientos antes del 31 de octubre de 2023.
El primer año, ¿sigue habiendo tarifa plana o cuota reducida para los nuevos autónomos?
Para aquellos trabajadores autónomos que causen alta inicial o que no hubiesen estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, habrá una cuota reducida que se definirá en los Presupuestos Generales del Estado cada año. Entre 2023 y 2025 se ha fijado en 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses.
Fuente original del contenido:
REVISTA SEGURIDAD SOCIAL
https://revista.seg-social.es/-/20221214-dudas-aut%C3%B3nomos
01/03/2023 11:31 | AdmonVlc
https://trabajadoresautonomos.emprenemjunts.es/?op=8&n=29331