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Como un jubilado emprendedor puede ganar dinero legalmente en España y seguir cobrando toda la pensión

joseramos - el domingo, 17 de noviembre de 2013 05:23

Antes de hablar del “como” seria de interés el hablar del “para que”. Podíamos pensar si ya está jubilado y tiene su pensión, ¿Para qué complicarse la vida y seguir trabajando? La respuesta a esta pregunta está en lo que ha supuesto su actividad profesional antes de jubilarse. ¿ Solo una fuente de ingresos económicos para vivir, o también una forma de disfrutar ejerciendo su profesión? Si se disfrutaba ejerciendo la profesión antes, porque ahora en la jubilación ha de privarse de esa satisfacción y limitarse solo a jugar al dominó y viajar con el INSERSO? El distraerse, el viajar está bien. Pero reducir la jubilación, la vida, solo a eso, es la actitud pasiva y derrotista del “ya no sirvo para nada”, que no es el mejor planteamiento para enfrentarse al deterioro de salud que conlleva generalmente el envejecimiento.

Al ejercer la profesión, además de las satisfacciones de ganar dinero y de disfrutar aplicando tus conocimientos, hay también otra satisfacción: la ética, la de sentirse solidario socialmente. La forma más eficaz de luchar contra el hambre no es abrir comedores sociales, es contribuir a que la gente tenga comida con su trabajo. Lo cual nos llevaría volver hacer la pregunta anterior: Si trabajando sentíamos que éramos solidarios con la sociedad contribuyendo a mejorar la economía, ¿Por qué ahora jubilados, que tenemos la experiencia de toda una vida laboral y la cantidad de tiempo libre que nos proporciona el tener una pensión, hemos de dejar de contribuir, es decir de disfrutar éticamente, a la mejora económica de la sociedad?

Además hay una tercera razón para que los jubilados no nos desliguemos del proceso productivo: la Crisis. Esta situación solo se superara sumando dos ingredientes: una política económica correcta por parte del Gobierno, que por los resultados positivos que está habiendo hace pensar que es la correcta, y que todos arrimemos el hombro. Y cuando digo todos, me refiero a todos, también a los jubilados con toda su experiencia de una vida laboral. Un jubilado solidario no puede decir: yo ya tengo mi pensión, allá se apañen los jóvenes. Porque los jóvenes son sus hijos, sus sobrinos, sus vecinos y ante una situación de emergencia todos debemos arrimar el hombro.

Una alternativa, que ya analice en este foro en un hilo anterior es que en España a los jubilados nos dejasen trabajar como en Francia con las SASU. Pero mientras esa posibilidad legal llega, ¿Qué posibilidades tiene un jubilado de recibir legalmente un dinero por la contribución profesional a mejorar la sociedad, sin tener que renunciar a su pensión?. Cuando se le pregunta a la Seguridad Social no te da ningún epígrafe de actividades económicas, pero sí que te dice aquellas que NO puede ejercer un jubilado: los trabajos que para desarrollarlos legalmente sea necesario cotizar a la Seguridad Social, bien como autónomo o como trabajador por cuenta propia. Luego la conclusión es muy sencilla: un jubilado puede trabajar legalmente en aquellas actividades para las cuales no sea necesario cotizar a la Seguridad Social. Hay varias, voy a analizar dos:

*) Profesor en formación no reglada, en que cobraría por hora lectiva, sin ningún contrato laboral ni teniendo que registrarse como autónomo en el epígrafe de profesor. Formación no reglada que es diferente a la formación reglada, como la Formación Profesional, en que los profesores lo hacen con contrato de trabajo. En esta alternativa entrarían los cursos financiados por la Fundación Tripartita. Quien realizaría las gestiones a las empresas sería una entidad de formación homologada. Aunque quizás el curso haya sido promovido por el propio jubilado, que quiere aprovechar esta posibilidad de trasmitir su experiencia a los jóvenes, pero siendo retribuido por su trabajo. Esta modalidad de financiación por compensación de la cuotas a la Seguridad Social de las empresas es muy interesante, pues no depende delas ayudas de la Administración, recortadas con la crisis. Pensemos que hace dos años, del fondo teóricamente disponibles para financiar esta modalidad de formación, solo se utilizó el 20 %. El 80% restante quedo si ser solicitado.

*) Un jubilado no puede ser un asesor externo de una empresa, aunque su gran experiencia profesional le sería muy útil a la empresa, pues tendría que estar dado de alta como autónomo. No puede asesorar directamente, pero si indirectamente: que el jubilado edite sus conocimientos como libro, como programa informático o como App y cobre legalmente por sus derechos de autor. La empresa de este modo se beneficiaría indirectamente de sus conocimientos. Pensemos que la edición de un libro no exige ahora grandes tiradas de imprenta: tanto el ebook como la edición bajo demanda se editan uno a uno. Según se van pagando, previamente, claro. Además está el hecho de que ahora el jubilado, con tanto tiempo libre, puede redactar libros o desarrollar App que antes cuando trabajaba asalariado no podía hacer por falta de tiempo.

Estas dos alternativas tienen dos cosas en común: le proporcionan al jubilado unos ingresos económicos legales, perfectamente compatibles con su pensión, y son socialmente útiles pues le ofrecen a las generaciones jóvenes su experiencia.

!!! No reduzcamos solo nuestra jubilación a jugar al dominó, disfrutemos también de la profesión como antes !!!

José Luis Ramos

Jubilado emprendedor

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